El resultado de un procedimiento depende en gran medida de decisiones procesales: la elección de la vía adecuada, la proposición de la prueba o el cumplimiento de plazos y requisitos. Esa exigencia se mantiene en la fase de recurso. La apelación, en la que se revisa lo resuelto en primera instancia, requiere un estudio minucioso de la sentencia y de la prueba practicada, y su planteamiento marca en buena medida las posibilidades de éxito.
La casación es un caso distinto. Se trata de un recurso extraordinario, con requisitos de admisión muy estrictos y motivos tasados, en el que no basta discrepar del resultado: hay que identificar con precisión la infracción legal o jurisprudencial y argumentarla con el máximo rigor. Es el terreno en el que la excelencia técnica que caracteriza nuestra forma de trabajar marca la diferencia, y en el que contamos con experiencia acreditada, incluidos recursos estimados.
Temas que tratamos
- Juicio ordinario y juicio verbal
- Procedimiento monitorio
- Defensa frente a demandas y reclamaciones
- Medidas cautelares
- Ejecución de sentencias y títulos ejecutivos
- Recursos de apelación
- Recursos de casación
Preguntas frecuentes
Me deben dinero y, a pesar de reclamarlo varias veces, no consigo que me paguen. ¿Puedo demandar?
Sí. Si la deuda está documentada (facturas, contrato, mensajes, transferencias...), existen vías ágiles como el procedimiento monitorio para reclamarla. Antes de acudir al juzgado suele ser obligatorio intentar una negociación previa, y un buen planteamiento desde el principio puede resolver el asunto sin llegar a juicio.
He recibido una demanda. ¿Qué tengo que hacer?
Lo primero, no dejarla pasar: los plazos para contestar son cortos, en muchos casos de solo diez o veinte días hábiles, y no responder a tiempo puede tener consecuencias muy perjudiciales. Conviene consultar cuanto antes para revisar la demanda y preparar la defensa.
He contratado una obra o un servicio y el resultado ha sido defectuoso. ¿Puedo reclamar?
Sí. Puede exigirse la correcta ejecución del trabajo, su reparación o una indemnización por los daños sufridos. Es importante conservar presupuestos, facturas, fotografías y comunicaciones, porque serán la base de la reclamación.
Tengo una sentencia a mi favor, pero la otra parte no cumple. ¿Qué puedo hacer?
Ganar el juicio no siempre basta. Si la parte condenada no cumple voluntariamente, puede solicitarse la ejecución de la sentencia, que permite, entre otras medidas, embargar cuentas, salarios o bienes hasta satisfacer lo debido.